- Inicia tu postulación desde el portal transaccional en las modalidades de vivienda nueva, arrendamiento y arrendamiento con opción de compra.
- Solo podrás realizar esta solicitud los días hábiles, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5.00 p.m.
- Te notificaremos dentro de los 15 días hábiles siguientes a la radicación.
Es un aporte económico de hasta $42.705.000 (30 SMMLV) para ayudarte a completar la cuota inicial para la compra de vivienda nueva.
El valor de la vivienda nueva de interés social (VIS) es de hasta 150 SMMLV, que equivalen a $213.525.000 y aplica solo para municipios y ciudades descritas en el Decreto 1607 de 2022, Bogotá, Tabio, Cajicá, Chía, Cota, Facatativá, Funza, La Calera, Madrid, Mosquera, Sibaté, Soacha, Tocancipá y Zipaquirá. Para los demás municipios aplicará el valor de hasta 135 SMMLV, equivalentes a $192.172.500
Este aporte del subsidio de vivienda Colsubsidio para tu vivienda VIS no es un préstamo y no tendrás que devolverlo.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Conoce sobre: subsidios para vivienda nueva y arrendamiento.
Hora: 8:30 a.m. a 10:30 a.m.
Esta es tu oportunidad de tener vivienda propia. Con el subsidio de Colsubsidio, pagas menos arriendo y ahorras para tu casa nueva en proyectos de vivienda VIS. ¡Postúlate ahora!
Subsidios de vivienda Colsubsidio, hacemos posible un futuro lleno de oportunidades.
Subsidio de arrendamiento
¿Quieres ahorrar lo que pagas de arriendo y comprar vivienda nueva? Hoy te contaremos cómo acceder al subsidio de arrendamiento y de arrendamiento con opción de compra.
Primero, debes saber si pagas arriendo. Nuestro subsidio pagará a tu arrendador un valor mensual de 0,6 de un salario mínimo mensual legal vigente o hasta el 90% del canon mensual, para que tú solo pagues el restante del valor de tu arriendo y así puedas ahorrar el valor subsidiado hasta por 24 meses. Durante este tiempo de ahorro, ese valor se podrá convertir en parte de la cuota inicial para adquirir tu vivienda nueva.
Ten presente estos requisitos para postularte a este subsidio
- Ser afiliado a Colsubsidio.
- Tener ingresos máximos de dos salarios mínimos mensuales legales vigentes entre todos los miembros del hogar postulante.
- No ser propietario o poseedor de vivienda a nivel nacional. No haber sido beneficiario de subsidios de vivienda.
- Estos son los documentos que necesitas para postularte.
- Formulario y formato de solicitud de subsidio, el cual podrás descargar ingresando a nuestra página web www.colsubsidio.com.
Documentos de identificación de los miembros del hogar postulante y del propietario de la vivienda
- Certificación de ingresos mensuales de todas las personas mayores de edad postulantes que trabajen, vigencia no mayor a 60 días.
- Demás documentos que se requieran para cumplir con las políticas definidas por Colsubsidio que podrás consultar en www.colsubsidio.com.
No olvides que el subsidio podrá ser aplicado sobre viviendas urbanas, nuevas o usadas que estén ubicadas en Bogotá o Cundinamarca.
La vivienda debe ser apta para habitar y contar con servicios públicos básicos. La vivienda no debe estar ubicada en zona de riesgo.
Cumplir con todas las condiciones y documentos solicitados permitirá que el estudio para asignación de tu subsidio sea mucho más ágil.
Una vez te sea notificada la respuesta, tendrás hasta seis meses para reunir los documentos para la asignación final y el desembolso del subsidio.
Postúlate en nuestra plataforma virtual www.colsubsidio.com o en los centros de servicio más cercanos. Solicita este subsidio y cumple tu sueño de tener vivienda propia.
Algunas recomendaciones
- El estado civil y grupo familiar del postulante deberá ser consistente con el registrado desde tu afiliación a Colsubsidio.
- Los afiliados como independientes o pensionados deberán aportar el 2% de sus ingresos para acceder a este subsidio.
- El diligenciamiento del formulario y formato de solicitud debe ser completo.
- La copia de los documentos adjuntos a la postulación debe ser totalmente legible.
- Aplican términos y condiciones.
Colsubsidio, juntos lo hacemos posible. Vigilado SuperSubsidio.
Accede al portal transaccional. En el menú superior selecciona la opción Vivienda o arrendamiento.
Haz clic en el botón Solicitar y diligencia el formulario.
Adjunta los documentos.
Cuando hayas terminado de adjuntar los documentos, valida la información.
Si tienes consultas sobre subsidios, proyectos o alguna de nuestras soluciones integrales en vivienda:
- Comunícate a la línea de atención: (601) 745 7900 - opción 2, ingresa el tipo y número de documento. Luego, selecciona la opción 4 para vivienda.
- Escríbenos al correo servicioalcliente@colsubsidio.com.
Afiliados, beneficiarios y constructores, consultar la información sobre la verificación de Cartas de asignación y ajuste al Subsidio Familiar de Vivienda.
| Ingresos | Valor subsidio familiar de vivienda #col-2 | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| <span style="display: block; margin-left: 25%; width: 50%; font-weight: bold;">*SMMLV #col-2</span> <div style="display: flex; justify-content: space-between; width: 100%;"> <span>Desde</span> <span style="flex-grow: 1; text-align: center;">Hasta</span> </div> | <span style="display: block; margin-left: 25%; width: 50%; font-weight: bold;">Pesos #col-2</span> <div style="display: flex; justify-content: space-between; width: 100%;font-weight: bold;"> <span>Desde</span> <span style="flex-grow: 1; text-align: center;">Hasta</span> </div> | <span style="display: block;font-weight: bold;">*SMMLV</span> | <span style="display: block; font-weight: bold;">Pesos</span> | ||
| <span class="no-bold">0</span> | 2 | - | $3.501.810 | 30 | $52.527.150 |
| <span class="no-bold">>2 </span> | 4 | $3.493.765 | $7.003.620 | 20 | $35.018.100 |
| Vivienda VIP | 90 | $157.581.450 | |||
| Vivienda VIS | 150 | $262.635.750 | |||
| 135 smmlv | $236.372.175 |
También conoce el Calendario de postulación y asignación.
Explora los requisitos para subsidio de vivienda nueva e identifica si cumples con las condiciones para aplicar.
- Ser afiliado como:
- Empleado aportante.
- Pensionado aportante del 2% sobre su mesada pensional.
- Trabajador independiente aportante del 2% sobre sus ingresos, debe coincidir con lo aportado a seguridad social.
- No ser propietario o poseedor de vivienda en el territorio nacional. También aplica en herencias.
- No percibir ingresos familiares superiores a 4 SMMLV, es decir, un ingreso máximo de $5.694.000, sumando los ingresos de todos los mayores de edad que laboren en el grupo familiar postulante.
- No haber sido beneficiarios de un subsidio de vivienda, incluyendo a los menores de edad postulantes, excepto si fuiste beneficiario de subsidio de arrendamiento.
Si eres trabajador independiente o pensionado, debes acreditar una antigüedad mínima de 6 meses continuos en Colsubsidio.
Comienza tu proyecto de vivienda nueva con nuestra solución de construcción. Descubre el calendario de asignación e inicia el proceso de postulación.
El subsidio de vivienda asignado por Colsubsidio cuenta con una vigencia inicial de 36 meses, los cuales se podrán prorrogar, por una sola vez, hasta por 24 meses adicionales, sin exceder 60 meses la vigencia total del subsidio.
Para ser beneficiario de la prórroga del subsidio, consulta las condiciones y requisitos.
Recuerda que la escritura pública para tu vivienda de interés social, adquirida con el subsidio de vivienda nueva de Colsubsidio, debe firmarse ante notario mientras el subsidio esté vigente.
Escriturar la compra de la vivienda por fuera de este término implica el no pago del subsidio, según con la normatividad vigente.
Los datos suministrados en los anteriores formatos deberán corresponder a la condición e información actual del hogar. De presentarse inconsistencias en los datos, no será posible notificar los avances y resultados en las diferentes etapas del proceso.
- Fotocopia legible de los documentos de identidad de todos los integrantes del núcleo familiar postulante (cédulas o contraseñas para mayores de edad, registro civil de nacimiento para menores de 7 años y tarjeta de identidad para niños con 7 años cumplidos o más).
- Certificaciones laborales/ingresos:
- Para los postulantes aportantes, trabajadores dependientes, el ingreso debe ser soportado mediante certificación(es) laboral(es) de la(s) empresa(s) donde labora, pueden ser originales o digitales con vigencia no mayor a 60 días calendario.
- Para postulantes independientes o en actividad laboral no formal, debe presentar certificación expedida por un contador público y de quien debe anexar: fotocopia de cédula de ciudadanía, fotocopia de la tarjeta profesional y certificación de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores, puede ser original o digital, con vigencia no mayor a 60 días calendario.
- Para postulantes pensionados, anexar fotocopia del último desprendible de pago de aporte de la pensión, debe ser emitido por la entidad correspondiente.
- Documento que acredite el estado civil:
- Casado: registro civil de matrimonio.
- Unión libre: acta de conciliación, escritura pública o sentencia judicial.
- Fotocopia de la carta del crédito preaprobado o carta de aprobación del crédito hipotecario, con fecha de expedición no superior a 90 días o la fecha de vigencia que indique el documento en caso de ser superior. Para las modalidades de vivienda nueva y usada, no aplica créditos con leasing habitacional.
- Certificación, original o copia, de vinculación de la compra de una vivienda VIS con el valor de los pagos realizados a la fecha de expedición del documento. Puede ser de la constructora o fiduciaria según aplique, con vigencia no mayor a 30 días calendario. No aplica para subsidio de vivienda usada.
- Plan de pagos, original o copia, que demuestre el detalle de los abonos o aportes realizados o por realizar a la cuota inicial, ya sea de la constructora o de la fiduciaria según aplique, con vigencia no mayor a 30 días calendario. No aplica para subsidio de vivienda usada.
- Fotocopia del último recibo de consignación de acuerdo con lo especificado en el plan de pagos (vigencia no mayor a 30 días calendario o del mes anterior). No aplica para subsidio de vivienda usada
Recuerda que Colsubsidio verificará con el constructor u oferente, con el que te encuentres adelantando la negociación de tu vivienda, la información aportada.
Opcionales
- Certificación que acredite ahorros previos con una vigencia no superior a 90 días, representados en:
- Cesantías
- Ahorros programados
- Cuando la postulación se realice con menores de edad, se recomienda presentar registro civil de nacimiento o tarjeta de identidad.
Otros documentos
- Para postulaciones con integrantes divorciados o separados legalmente: registro civil de matrimonio o nacimiento con nota marginal que acredite la liquidación y disolución de sociedad conyugal o divorcio. Para unión libre, el documento que acredite la liquidación y disolución de la sociedad patrimonial, si es el caso.
- Para postulaciones con integrantes viudos: registro civil de matrimonio o partida de matrimonio y registro civil de defunción, si es el caso.
- Para postulaciones con sobrinos, hermanos, nietos o bisnietos, menores de edad: anexar documento que acredite la custodia, cuidado y tenencia del (los) menor (es) de edad, expedido por entidad competente de acuerdo con la ley (ICBF o comisarías de familia).
- Cuando uno de los integrantes del grupo familiar presente algún grado de discapacidad física o mental: acreditar mediante certificación médica expedida por la EPS. Esta condición genera mayor calificación al subsidio.
Para tener en cuenta
Las postulaciones que se radiquen a partir del 22 de enero de 2025 deberán contener documentación vigente y actualizada, en el caso de las certificaciones laborales con el valor del SMMLV 2025, con una vigencia 60 días.
En relación con las postulaciones con novedades o inconsistencias resultantes del año 2024, para continuar con la solicitud deberá radicarse la siguiente documentación actualizada:
- Formato de actualización publicado en este portal web.
- Nuevo formulario de postulación. En numeral 1 del formulario debes marcar la casilla Cruce y/o actualización.
- Certificaciones laborales con SMMLV actualizado a 2025, con una vigencia de 60 días.
- Preaprobado o aprobado de crédito hipotecario, con una vigencia de 90 días.
- Presentar documento para subsanar la novedad, no mayor a 30 días.
Otros documentos que se requieran actualizar por motivo del incremento del SMMLV de 2025.
Criterios de calificación para el subsidio
Dentro de la postulación al subsidio de vivienda y conforme al artículo 2.1.1.1.1.4.1.2. del Decreto 1077 de 2015, en donde se establecen los criterios que se deben tener en cuenta para calcular los puntajes de calificación de cada solicitud; y, por otra parte, el artículo 2.1.1.1.1.3.3.1.1. postulación del Decreto 1077 de 2015, en donde se establecen los documentos a presentar para la postulación al subsidio de vivienda, los siguientes documentos correspondientes a ahorro previo o recursos propios del hogar pueden presentarse en la solicitud del subsidio de vivienda y otorgan mayor calificación dentro del proceso de asignación:
- Cesantías: fotocopia de certificación expedida por el fondo de cesantías correspondiente, con fecha de inmovilización, saldo que se encuentra inmovilizado y fecha de expedición del documento (vigencia no mayor a 90 días calendario).
- Ahorro programado: fotocopia de certificación expedida por la entidad financiera correspondiente, con fecha de inmovilización, número de cuenta, saldo que se encuentra inmovilizado y fecha de expedición del documento (vigencia no mayor a 90 días calendario).
- Aportes a fiducia: fotocopia de certificación expedida por la fiduciaria correspondiente, con saldo que se encuentra a la fecha, fecha de expedición del documento (vigencia no mayor a 90 días calendario), firmado por la autoridad competente. Con este documento se acreditan los aportes realizados por el hogar ante la fiduciaria en el proceso de compra de la vivienda.
- Cuota inicial: fotocopia de certificación expedida por la constructora correspondiente, con el saldo que se encuentra a la fecha. El documento debe estar firmado por la autoridad competente y tener una vigencia no mayor a 90 días calendario.
Factores que aumentan la calificación para el subsidio
- Mujer u hombre cabeza de hogar: deberá realizarse la debida marcación (J) en el punto 3 del formulario de postulación, adicionalmente la marcación del SÍ _X_ en el formato "Declaración de condición especial."
- Personas en condición de discapacidad: deberá realizarse la debida marcación (D) en el punto 3 del formulario de postulación, esta condición se acreditará con la certificación médica expedida por la EPS.
- Mayor de 65 años: deberá realizarse la debida marcación (M65) en el punto 3 del formulario de postulación, esta condición se acreditará con el documento de identidad. Aplica para quienes tengan 66 años cumplidos.
- Condiciones socioeconómicas, de acuerdo con los ingresos presentados por el grupo familiar.
- Número de integrantes del grupo familiar.
- Número de veces en que participa la solicitud: si un subsidio queda en estado Calificado, la solicitud no se rechaza ni se niega; en cambio, continúa participando en las asignaciones siguientes.
Presentar estos documentos o cumplir con las condiciones mencionadas garantiza un puntaje más alto en la postulación al subsidio, aumentando las posibilidades de asignación.
Finalmente, y conforme el artículo 2.1.1.1.1.4.1.4 del Decreto 1077 de 2015, la asignación de los subsidios depende de la calificación que cada postulación obtenga en el proceso de asignación y el presupuesto disponible para asignar subsidios en cada periodo de adjudicación.
Por lo anterior, resaltamos lo determinado en los parágrafos del artículo mencionado anteriormente:
- Parágrafo 1°.Si los recursos no son suficientes para atender el monto total de subsidio solicitado por el postulante individual alcanzado por el corte de selección, tanto ese postulante como los que le siguen en el orden secuencial serán excluidos de la correspondiente asignación.
- Parágrafo 2°. Las entidades otorgantes del subsidio no asumirán compromiso alguno respecto de los postulantes que no alcanzaren a quedar incorporados en los listados de beneficiarios contenidos en las resoluciones de asignación expedidas en los términos del artículo 2.1.1.1.1.4.3.1 de la presente sección.
Radica tus documentos a través del portal transaccional o en el centro de servicio más cercano.
Si necesitas realizar una solicitud de renuncia u otra relacionada con la postulación o asignación del subsidio de vivienda, puedes hacerlo a través del correo electrónico: postulacion.subsidiodevivienda@colsubsidio.com o en el centro de servicios más cercano a tu lugar de trabajo o residencia.
Para solicitar la prórroga de tu subsidio, envía un correo electrónico a servicioalcliente@colsubsidio.com. Consulta los términos y condiciones en prórrogas subsidio de vivienda.
Recuerda que los correos mencionados no serán válidos como medio o canal de radicación para las postulaciones de vivienda nueva o arrendamiento, las cuales solo se podrán radicar a través del portal transaccional o en el centro de servicios más cercano.
El ajuste del subsidio de vivienda, según el Decreto 1077 de 2015, permite a la caja de compensación aumentar el valor inicialmente asignado. Para solicitarlo, el hogar debe mantener las mismas condiciones presentadas en la postulación al subsidio, según las políticas de la caja y no haber firmado la escritura en la cual ya haya aplicado el subsidio.
Condiciones
- Estar afiliado a Colsubsidio.
- Mantener las mismas condiciones que se presentaron en la postulación inicial.
Nota: el proceso de ajuste solo procederá con una solicitud formal del hogar a través del correo electrónico corporativo asignado por la constructora. El subsidio de vivienda tiene que estar vigente y sin aplicar; es decir, no debe haberse firmado la escritura ni solicitado un anticipo. Además, el constructor u oferente debe conocer la solicitud de ajuste o reajuste.
El hogar puede solicitar el ajuste hasta dos veces. Esta solicitud deberá realizarse dentro del mismo año en que se firmarán las escrituras públicas, ya que será la última oportunidad para aumentar el valor del subsidio.
Documentos
- Descarga y diligencia el formato de solicitud del ajuste firmado al menos por el afiliado titular del subsidio.
- Certificación laboral original o digital, o el documento que aplique según el tipo de afiliado, con vigencia no mayor a 60 días de todos los mayores que reportaron ingresos.
- Copia promesa de compraventa con fecha de escrituración del año en el que se realiza la solicitud.
- Antes de comprar tu hogar, asegúrate con el constructor de que el proyecto esté aprobado por la caja. De lo contrario, el subsidio no podrá ser desembolsado.
- La vivienda que adquieras con el subsidio debe ser nueva, urbana, de interés social o prioritario.
- Recuerda que la calidad de la VIS la otorgan los curadores o secretarios de planeación de los municipios al momento de expedir la licencia de construcción del proyecto. El valor de la vivienda no es el único criterio que se debe considerar al momento de comprar el inmueble.
- El titular del subsidio y afiliado a la caja debe comparecer como comprador de la vivienda. Este no se puede excluir de la firma de la escritura pública de adquisición de la vivienda.
- El subsidio de vivienda debe utilizarse y cobrarse dentro del periodo de su vigencia.
Para tener en cuenta
- El hogar que se postule al subsidio deberá coincidir con los integrantes del núcleo familiar registrados en la afiliación a la caja de compensación.
- Al postularte con menores, aporta el registro civil o tarjeta de identidad para garantizar la precisión del número de identificación en el formulario y evitar inconvenientes en la verificación de datos y cruces externos.
- Los ingresos certificados al momento de la postulación deberán corresponder con aquellos que se presenten en la solicitud ante la entidad financiera para acceder al crédito hipotecario.
- Radica los documentos para postularte a través de nuestro portal transaccional o en el centro de servicio más cercano.
- Presenta las certificaciones originales físicas o con la firma digitalizada.
- Después de postularte y recibir la notificación de la asignación, al correo electrónico registrado en la postulación, te enviaremos la carta de adjudicación del subsidio de vivienda.
- Es de obligatorio cumplimiento que el hogar postulante haga lectura del numeral 11 del formulario de postulación, asegurando la marcación en la autorización para la utilización de datos personales.
- La omisión, inexactitud o falta a la verdad en la información entregada para la postulación al subsidio resultará en la pérdida de este, inhabilidad para postularse por 10 años y demás sanciones de ley a las que haya lugar.
- Los hogares unipersonales se definen como aquellos hogares compuestos por una sola persona. Se trata de hombres y mujeres, solteros, separados, divorciados o viudos, que viven solos.
- Los hogares con ingresos de hasta 2 SMMLV ($2.847.000) pueden aplicar a un subsidio complementario, al otorgado por la caja, hasta por 20 SMMLV de 2025 (equivalentes a $28.470.000). La asignación de este subsidio dependerá de la aprobación y cumplimiento de los requisitos establecidos por la entidad de crédito correspondiente.
- Para postularte al subsidio de vivienda (nueva o usada), el crédito preaprobado o aprobado debe ser exclusivamente hipotecario. No se aceptan otras modalidades como leasing habitacional, libre inversión o cualquier otra diferente al hipotecario.
- Fonvivienda puede otorgar, a través del programa Mi Casa Ya, un subsidio de vivienda concurrente o complementario al proporcionado por las cajas de compensación para la adquisición de una vivienda, siempre que las condiciones lo permitan.
Condiciones
- El núcleo familiar que se postule en Colsubsidio deberá será el mismo que se postula al programa Mi Casa Ya.
- Si el hogar ya cuenta con la resolución de asignación de Fonvivienda, pero no ha recibido el subsidio de Colsubsidio, debe renunciar al subsidio de Mi Casa Ya y priorizar la asignación del subsidio otorgado por la caja de compensación familiar de acuerdo con la Circular 0013 de 2019.
- Contar con un crédito aprobado para la adquisición de vivienda. Esta solicitud se deberá gestionar a través de la entidad de crédito o financiera.
- Aplica para hogares que perciban hasta 2 SMMLV y el subsidio otorgado será de máximo 20 SMMLV.
- El subsidio de Colsubsidio debe estar asignado, vigente y sin aplicar.
- Aplica sobre viviendas cuyo precio no supere el límite establecido para VIP y VIS en las normas que regulen la materia.
- La suma de ambos subsidios se destinará para completar la cuota inicial, junto con los recursos propios del hogar.
- La asignación y desembolso del subsidio de concurrencia están sujetos a las disposiciones y cupos otorgados por el Gobierno Nacional a través de Fonvivienda para 2025.
Recomendación: realizar la postulación al subsidio de concurrencia un mes después de la asignación del subsidio con Colsubsidio.
Documentos del plan de vivienda
Para realizar el giro de los recursos del subsidio de vivienda, primero es necesario que el oferente inscriba el plan de vivienda. Luego, se podrá solicitar el desembolso de los recursos asignados a los hogares afiliados. Para este proceso, hay que presentar la siguiente documentación.
Documentos del proyecto de vivienda:
- Carta remisoria indicando la relación de documentos.
- Permiso de ventas o enajenación o su radicado.
- Licencia de construcción vigente, con modificaciones, prórrogas y revalidaciones pertinentes; en caso de haber culminado obras, será necesario presentar acta de finalización de obra firmada dentro de la vigencia por el profesional constructor responsable, con copia de su matrícula profesional.
- Juego de planos arquitectónicos aprobados bajo la licencia de construcción. Este archivo deberá aportarse en PDF independiente e individual y renombrarlo de la siguiente manera: planos arquitectónicos.
- Licencia de urbanismo con sus modificaciones, prórrogas y revalidaciones, si aplica. Si no se requiere licencia de urbanismo, se debe presentar la resolución de legalización del barrio o sector donde se ubica el plan de vivienda, o el concepto emitido por la secretaría de planeación del municipio.
- Certificado de tradición y libertad, no mayor a 30 días de expedición, del predio en mayor extensión sobre el cual se desarrolla el proyecto de vivienda.
- Carta de presentación del proyecto que detalle la conformación y distribución de las unidades de vivienda aprobadas bajo la licencia de construcción. Debe incluir el valor de las unidades, el año de escrituración, la dirección completa del proyecto, las sociedades involucradas y su participación e interés. También se deben proporcionar al menos dos correos electrónicos para notificaciones de desembolsos. Si se trata de una fiducia mercantil, incluye los correos electrónicos de la fiduciaria.
- Certificación bancaria de la cuenta a la que se solicita el giro de los recursos del subsidio, con una antigüedad no mayor a 30 días. Si hay un contrato de fiducia mercantil, la cuenta debe estar a nombre del fideicomiso que administra los recursos del proyecto.
- Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio y con vigencia no mayor a 30 días de expedición, RUT y copia de la cédula de ciudadanía del representante legal del oferente. Si participan varias sociedades en el desarrollo del proyecto, se debe enviar estos 3 documentos por cada una de las sociedades.
- Certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera, RUT y copia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la fiduciaria, en caso de que exista contrato de fiducia mercantil para la administración de los recursos del proyecto, así como para la tenencia del lote, cuando aplique.
- Contrato de fiducia mercantil con sus respectivos otrosí es a los que hubiere lugar, cuando aplique.
- Contratos de convenio asociativo, constitución de uniones temporales o cualquier tipo de contrato privado o público, cuando participen varias sociedades en el desarrollo del proyecto. Dicho contrato deberá especificar la calidad con que actúa cada parte, los derechos, obligaciones y responsabilidades de cada una, así como su índice de participación porcentual.
- Si el constructor no se encuentra inscrito ante Colsubsidio, deberá aportar ficha técnica de creación de terceros, en original, firmada por el representante legal cuando se giren los recursos directamente al constructor. Se anexa ficha en su versión actual para ser diligenciada en caso de que aplique.
Toda la documentación solicitada debe enviarse en formato PDF individual para cada documento al correo oferentes.subsidiosdevivienda@colsubsidio.com, en PDF Individuales por cada uno de los documentos solicitados.
Una vez que tu plan de vivienda esté en nuestro listado de opciones elegibles para el giro de recursos de los subsidios familiares, deberás enviar la siguiente documentación para cada hogar afiliado que esté en proceso de cierre de negocio:
- Certificado de tradición y libertad original, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Carta de autorización de desembolso en original firmada por todos los mayores de edad beneficiarios del subsidio, donde autorice a Colsubsidio a realizar el desembolso del subsidio a nombre del constructor o fideicomiso conforme los datos de la certificación bancaria aportada al momento de la inclusión del proyecto de vivienda.
- Formulario de inscripción del oferente y del proyecto de vivienda ante el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
- Acta de entrega del inmueble original suscrita por el constructor y el hogar beneficiario del subsidio.
- Certificado de existencia o habitabilidad de la vivienda objeto de aplicación del subsidio, expedido por las entidades previamente autorizadas por Colsubsidio.
- Carta remisoria por parte del constructor relacionando los documentos radicados para el desembolso del subsidio de vivienda.
Cada documento requerido para la inscripción del plan de vivienda debe enviarse como un archivo PDF individual. Estos archivos deben adjuntarse de forma digital al correo oferentes.subsidiosdevivienda@colsubsidio.com.
Es importante que la solicitud de cobro del subsidio se radique dentro de los tiempos establecidos en la normatividad vigente. Consulta Decreto 1077 de 2015.
Aplica cuando en el pasado e hogar postulantes fue beneficiario del subsidio de vivienda.
Renuncia a la postulación
Esta solicitud la puedes radicar antes de la etapa de asignación del subsidio familiar de vivienda. Ten en cuenta que debes anexar la siguiente documentación:
Documentos:
- Diligencia el formato de renuncia al subsidio familiar (PDF, 1.8MB) donde indiques que renuncias a la postulación del subsidio y los motivos. Este formato debe estar firmado obligatoriamente por todos los postulantes mayores de edad.
- Copia del documento de identidad de todas las personas mayores de edad.
Renuncia a la asignación
- El beneficiario del subsidio puede, en cualquier momento, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita en forma conjunta por los miembros del grupo familiar mayores de edad y la devolución a la entidad otorgante del documento que acredita la asignación del subsidio respectivo.
- La renuncia oportuna al subsidio implica el derecho a postularte nuevamente.
Documentos:
- Diligencia el formato de renuncia al subsidio familiar (PDF, 1.8MB) donde indiques que renuncias a la asignación del subsidio y los motivos. Este formato debe estar firmado obligatoriamente por todos los postulantes mayores de edad.
- Copia del documento de identidad de todas las personas mayores de edad.
- Copia de la carta de asignación del subsidio de vivienda.
Nota: para las renuncias a subsidios que se encuentren en trámite de concurrencia, debes aportar manifestación por escrito del beneficiario donde ratifiques la intención de renunciar al subsidio otorgado por Colsubsidio, a sabiendas de las implicaciones que ello genera. Esta manifestación la puedes incluir dentro del campo de observaciones del formato de renuncia de la caja de compensación.
En todos los casos, el formato debe estar firmado obligatoriamente por todas las personas mayores de edad postulantes que figuran en la carta de asignación.
Renuncia al aumento del valor del subsidio
Te recomendamos que en el formato de renuncia, selecciones única y exclusivamente la opción de renunciar al ajuste sí es la primera vez, o reajuste sí es la segunda vez. No debes confundir con renunciar al valor completo del subsidio asignado inicialmente.
Documentos:
- Diligencia el formato de renuncia al subsidio familiar (PDF, 1.8MB) donde indiques que renuncias al ajuste o reajuste del subsidio y los motivos.
Este formato debe estar firmado obligatoriamente por todos los postulantes mayores de edad.
- Copia del documento de identidad de todas las personas mayores de edad.
- Copia de la carta de ajuste o reajuste del subsidio.
Otros documentos:
En los casos en los que el titular o algún integrante del hogar fallezca, deberás agregar los siguientes documentos:
- Registro civil de defunción del titular o integrante fallecido.
- Registro civil de nacimiento que soporte el vínculo con el hogar postulante.
Para la postulación al subsidio de vivienda usada, debes cumplir con los mismos requisitos y documentación para la postulación al subsidio de vivienda nueva. Adicionalmente, debes acreditar la condición especial según sea tu caso:
- Madres comunitarias del bienestar, Famis y madres sustitutas: certificación expedida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en la que se acredite su vinculación a los programas de hogares comunitarios de Bienestar, Famis y Madres Sustitutas.
- Recicladores: certificación expedida por Asociación o Cooperativa de Trabajo Asociado u otro tipo de grupos y asociaciones reconocidas por la ley que tengan una existencia mínima de tres años, cuyo objeto único sea la recuperación, el tratamiento y el aprovechamiento de residuos reciclables.
- Concejales que pertenezcan a municipios de categorías 4, 5 y 6, certificado donde se indique que se encuentra acreditado como concejal en la Registraduría Nacional del Estado Civil.
- Población desplazada: certificación expedida por el Ministerio Público (personerías municipales, defensorías municipales o regionales y procuradurías provinciales o regionales) ante un consulado, puntos de atención u oficinas establecidas para la atención integral a las víctimas donde se acredite tal condición.
- Población en situación de desastre, calamidad pública o emergencias: certificación expedida por autoridad competente que demuestre dicha condición.
*Las certificaciones para acreditar cualquiera de las condiciones deben tener una vigencia no mayor a 60 días.
SMMLV 2025: $1.750.905
| <span style="display: block; margin-left: 25%; width: 50%; font-weight: bold;">Ingresos del hogar #col-2</span> | <span style="display: block; margin-left: 25%; width: 50%; font-weight: bold;">Valor del Subsidio #col-2</span> | ||
|---|---|---|---|
| <span style="display: block; margin-left: 25%; width: 50%; font-weight: bold;">*SMMLV #col-2</span> <div style="display: flex; justify-content: space-between; width: 100%;"> <span>Desde</span> <span style="flex-grow: 1; text-align: center;">Hasta</span> </div> | <span style="display: block;font-weight: bold;">*SMMLV</span> | <span style="display: block; font-weight: bold;">Pesos</span> | |
| 0 | 1 | 22 | $38.519.910 |
| >1 | 1,5 | 21,5 | $37.644.458 |
| >1,5 | 2 | 21 | $36.769.005 |
| >2 | 2,25 | 19 | $33.267.195 |
| >2.25 | 2,5 | 17 | $29.765.385 |
| >2.5 | 2,75 | 15 | $26.263.575 |
| >2.75 | 3 | 13 | $22.761.765 |
| >3 | 3,5 | 9 | $15.758.145 |
| >3,5 | 4 | 4 | $7.003.620 |
| <span style="display: block; margin-left: 25%; width: 50%; font-weight: bold;">Vivienda VIP #col-2</span> | 90 | $157.581.450 | |
| <span style="display: block; margin-left: 25%; width: 50%; font-weight: bold;">Vivienda VIS #col-2</span> | 150 | $262.635.750 | |
| <span style="display: block; margin-left: 25%; width: 50%; font-weight: bold;">Vivienda VIP #col-2</span> | 135 | $236.372.175 | |
| <span style="display: block; margin-left: 25%; width: 50%; font-weight: bold;">Vivienda VIS de renovación urbana#col-2</span> | 175 | $306.408.375 |
La vivienda usada sobre la cual vayas aplicar tu subsidio, debe cumplir las siguientes condiciones:
- Estar ubicada en zona urbana de cualquier parte del territorio nacional.
- El valor de la vivienda no puede superar los 135 o 150 salarios mínimos legales vigentes (incluyendo el valor del lote); este valor se determinará de acuerdo con el avalúo comercial.
- Contar con vías de acceso.
- Estar ubicada en un barrio legalizado.
- No estar en zona de riesgo, esto deber certificarse por la Oficina de Planeación de la entidad territorial o quien haga sus veces.
- Tener servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y energía eléctrica. Debe certificarse por la Oficina de Planeación de la entidad territorial o quien haga sus veces.
- Cumplir con los requisitos técnicos de construcción contemplados en la normatividad vigente, con certificado por la Oficina de Planeación de la entidad territorial o quien haga sus veces.
- No encontrarse en proceso de embargo y tener al día las obligaciones fiscales, libre de cualquier gravamen. No tener condición resolutoria, patrimonio de familia ni hipoteca.
- El inmueble debe tener legalizada la construcción, no es posible adquirir lotes de terreno.
Antes de que el hogar beneficiario del subsidio de vivienda usada pretenda hacer uso del mismo en la compra de una vivienda, será necesario que presente los siguientes documentos, con el fin de validar el cumplimiento de requisitos y evitar la aplicación indebida del recurso en viviendas que no cumplan con los requisitos del programa:
- Certificado de libertad, no mayor a 30 días de expedición.
- Certificación de PLANEACIÓN DISTRITAL donde conste que el predio está ubicado en una zona urbana, en un barrio legalizado y no se encuentra en zona de riesgo. Si el inmueble está ubicado fuera de Bogotá, la certificación la deben solicitar en la oficina de Planeación Municipal del ente territorial o quién haga sus veces. Deben presentar en dichas entidades plano de loteo del barrio.
- Certificado emitido por la Oficina de Planeación de la entidad territorial o quien haga sus veces, que acredite la disponibilidad real y efectiva de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y energía eléctrica.
- Certificado emitido por la Oficina de Planeación de la entidad territorial o quien haga sus veces, que acredite que la vivienda cumple con los requisitos técnicos de construcción contemplados en la normatividad vigente.
- Fotocopia del último recibo de pago de los servicios públicos de agua, luz y alcantarillado, en donde conste que se encuentra al día el pago del servicio. En los recibos deben aparecer los números de contador o medidor de energía y acueducto.
- Último recibo de pago del impuesto predial donde conste que se encuentra al día el pago correspondiente. Si la propiedad corresponde a varios propietarios anexar las respectivas facturas de cada uno.
- Certificado de nomenclatura expedido por Catastro. Se requiere si las direcciones no coinciden en los documentos relacionados del numeral 1 al 6.
- Copia de la escritura pública donde conste la propiedad del inmueble por parte del vendedor.
Una vez realizado el estudio de la documentación radicada, Colsubsidio emitirá el respectivo concepto. En caso de que la vivienda no cumpla con las condiciones, así lo informará, para que se subsane lo respectivo o se aplique el subsidio sobre otra vivienda que cumpla con las condiciones.
Una vez la vivienda cumpla con las condiciones exigidas por Colsubsidio, el hogar beneficiario podrá adelantar todos los trámites legales conducentes a la adquisición de la vivienda usada. Una vez adquirida la vivienda en aplicación y uso del subsidio de vivienda usada otorgado por la Caja, el hogar beneficiario del subsidio o el vendedor de la misma deberán aportar los documentos indicados para el desembolso del subsidio.
Carta remisora de los documentos: carta mediante la cual el vendedor o el beneficiario del subsidio remita los documentos requeridos para el desembolso.
Documento de identidad: fotocopia de la cédula del vendedor de la solución de vivienda o NIT si es el caso.
Certificado de existencia de la cuenta: certificado original de existencia de la cuenta a la cual se va a realizar el desembolso del subsidio, emitido por la entidad financiera en donde se tiene la cuenta, con fecha de expedición no mayor a 30 días a nombre del vendedor de la vivienda. Debe incluir Nit ó cédula, tipo de cuenta y número. No se permite el pago a terceros.
Certificación de existencia de la solución de vivienda: original del informe de la visita realizada por alguna de las entidad previamente avaladas y autorizadas por Colsubsidio. El listado de las entidades avaladas se te remitirá al momento de la asignación del subsidio.
Escritura: debe contener las cláusulas de precio y forma de pago donde se incluya los recursos del subsidio y la constitución del patrimonio de familia.
Acta de entrega: se debe presentar una certificación en donde conste que la vivienda fue recibida a satisfacción por parte de los beneficiarios del subsidio.
Certificado de tradición y libertad: original de este documento en el que aparezca registrada la compraventa del inmueble con subsidio. La vigencia de este documento no debe ser mayor a 30 días.
Autorización de desembolso: presentar carta en la cual los beneficiaros del subsidio autoricen a girar el valor del subsidio directamente al vendedor de la solución de vivienda.
Carta de autorización de los propietarios: cuando sea más de un propietario, se debe incluir una carta en la cual informe a cuál de ellos se deberá consignar el valor del subsidio. Este documento deberá tener reconocimiento de firmas ante notario.
Carta de exclusión: para los casos en los cuales la escritura de compraventa no va a ser firmada por todos los mayores de 18 años del hogar beneficiario del subsidio, las personas excluidas deben presentar una carta informando que están de acuerdo en que la escritura sea firmada por la persona elegida por ellos en representación del hogar beneficiario del subsidio.
Fotocopia de la última cuenta pagada de servicios público: recibos de energía, acueducto y alcantarillado.