Si eres trabajador independiente, afiliarte a la caja de compensación te permite acceder a una variedad de beneficios para ti y tu familia. Estos dependen del aporte mensual que realices sobre el ingreso base de cotización reportado en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Entre los beneficios se incluyen: recreación y deporte, capacitaciones, créditos, subsidios de vivienda, actividades culturales, turismo y droguerías.
En cumplimiento de la Resolución 1271 de 2023 del Ministerio de Salud y Protección Social, desde el 1 septiembre de 2023, no se permite la afiliación de trabajadores con Permiso Especial de Permanencia (PEP). Los operadores de PILA no aceptan el pago de aportes por trabajadores con este tipo de documento.
Accede a la página Afiliación en línea. Allí, identifica y elige el tipo de aportante: empleador, pensionado, independiente o facultativo. Luego, haz clic en el botón Iniciar afiliación.
Haz seguimiento a tu estado de afiliación, conoce novedades y más.
Si olvidaste tu clave de acceso durante el proceso de afiliación, puedes recuperar la contraseña para continuar.
Paso 1: confirma el porcentaje de aportes, los beneficios a los que accederás y qué requisitos y documentos necesitas para afiliarte.
Paso 2: descarga y diligencia el formulario de afiliación (PDF, 2.7 MB) para, posteriormente, radicarlo o enviarlo.
Paso 3: radica los documentos en los centros de servicio o envíalos a través de correo electrónico: afiliacionvirtual@colsubsidio.com
Comunícate con nuestra línea en Bogotá al número (601) 745 7900 opción 2 y luego opción 1. A nivel nacional, llámanos al 018000 94 7900.
Conoce cómo afiliar a tu grupo familiar a través del portal.
Beneficios:
- Recreación y deportes
- Capacitación
- Turismo
Beneficios:
- Recreación y deportes
- Educación y capacitación
- Turismo
- Crédito
- Droguerías
- Cultura
- Vivienda y subsidio de vivienda
- Formulario debidamente diligenciado.
- Fotocopia del documento de identidad del independiente.
- Formulario o certificado de afiliación a la EPS con vigencia no superior a 30 días.
- Formulario o certificado de afiliación a fondo de pensiones con vigencia no superior a 30 días.
- Si estás o has estado afiliado a una caja de compensación familiar como trabajador independiente en Cundinamarca, certificado de paz y salvo por todo concepto expedido por la misma, en el cual se indique fecha de desafiliación.
Nota: Consulta de RUAF en reemplazo de la certificación de afiliación a EPS y Fondo de Pensiones.
- Formulario de afiliación (PDF, 2.7 MB) debidamente diligenciado.
- Documento de identidad del independiente.
- Documento de identidad del cónyuge o compañero (a) permanente.
- Formato declaración juramentada debidamente diligenciado.
- Registro civil de nacimiento de los hijos, sin importar su edad.
- Certificado del médico de la EPS o entidad competente donde conste la capacidad física disminuida que impida trabajar, e indicar tipo de discapacidad, si llega a aplicar.
- Formulario de afiliación (PDF, 2.7 MB) debidamente diligenciado.
- Documento de identidad del independiente.
- Documento de identidad del cónyuge o compañero (a) permanente.
- Formato declaración juramentada debidamente diligenciado.
- Registro civil de nacimiento de los hijastros. Para mayores de siete años, tarjeta de identidad y para mayores de 18 años, cédula.
- Custodia expedida por una entidad competente.
- Certificado del médico de la EPS o entidad competente donde conste la capacidad física disminuida que impida trabajar, e indicar tipo de discapacidad, si llega a aplicar.
- Formulario de afiliación (PDF, 2.7 MB) debidamente diligenciado.
- Documento de identidad del independiente.
- Formato declaración juramentada debidamente diligenciado.
- Registro civil de nacimiento de los hijos, sin importar su edad.
- Certificado del médico de la EPS o entidad competente donde conste la capacidad física disminuida que impida trabajar, e indicar tipo de discapacidad, si llega a aplicar.
- Formulario de afiliación (PDF, 2.7 MB) debidamente diligenciado.
- Documento de identidad del independiente.
- Registro civil de nacimiento del hermano del pensionado. Para mayores de 7 años, tarjeta de identidad y para menores de 18 años y 11 meses, cédula.
- Certificado del médico de la EPS o entidad competente donde conste la capacidad física disminuida que impida trabajar e indicar tipo de discapacidad, si llega a aplicar.
- Formulario de afiliación (PDF, 2.7 MB) debidamente diligenciado.
- Documento de identidad del independiente.
- Copia del documento de identidad de los padres.
- Formato declaración juramentada debidamente diligenciado.
- Registro civil de nacimiento del independiente.
- Certificado de EPS donde conste el tipo de afiliación como beneficiario del titular.
- Formulario de afiliación (PDF, 2.7 MB) debidamente diligenciado.
- Documento de identidad del independiente.
- Formato declaración juramentada debidamente diligenciado.
- Registro civil de nacimiento del independiente para acreditar parentesco.
- Registro civil de nacimiento del hermano del independiente para acreditar parentesco. Para mayores de siete años, tarjeta de identidad y para mayores de 18 años, cédula.
- Registro civil de defunción de los padres.
Ten presente que tu afiliación como independiente no genera o habilita el pago de subsidio familiar por personas a cargo.
Todos los afiliados independientes se incluirán en Categoría B, de acuerdo al DUR 1072 de 2015.
Consulta los formatos y enlaces importantes para completar con éxito tu proceso de afiliación.
| Aporte Empleado | Aporte Trabajador | |||
|---|---|---|---|---|
| <strong>Tarifa</strong> | <strong>Aporte</strong> | <strong>Tarifa</strong> | <strong>Aporte</strong> | |
| Salud | ||||
| Pensión | ||||
| Riesgos laborales | ||||
| Caja de compensación | ||||
| SENA | ||||
| ICBF | ||||
| Descuento ley 590 | ||||
| Total a pagar |
Este cálculo se realiza con un ingreso correspondiente a 30 días. Si laboraste menos tiempo, deberás aplicar la siguiente fórmula para calcular la base de la simulación: (ingresos base / 30) x días laborados.
Primer año: aporte a tarifa del 1%, respecto al IBC.
Segundo año: aporte a tarifa del 2% respecto al IBC.
Tercer año: aporte a tarifa del 3%, respecto al IBC.
Cuarto año en adelante: aporte a tarifa del 4% respecto al IBC.